Quería plantearos un problema que me he encontrado en dos centros bilingües pero que me imagino que se da en muchos más, y es que a los alumnos bilingües de cuarto de ESO se les está negando la posibilidad de estudiar informática. Creo que esta es una práctica dudosamente legal y que deberíamos hacer algo al respecto. Por ello quiero plantearos la situación, quiero que me digáis casos concretos de centros donde esto esté sucediendo, y quiero conocer vuestra opinión respecto a qué deberíamos hacer.
1) según el DECRETO 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía, en cuarto de ESO los alumnos deben cursar tres asignaturas optativas de entre las siguientes: Biología y geología, Educación plástica y visual, Física y química, Informática, Latín, Música, Segunda lengua extranjera, Tecnología. También se dice: “Con el fin de orientar la elección del alumnado, los centros docentes podrán establecer agrupaciones de estas materias en diferentes opciones ”. Y “Los centros docentes deberán ofrecer la totalidad de las materias a las que se refiere el apartado 2 de este artículo. Sólo se podrá limitar la elección de materias y opciones del alumnado cuando haya un número insuficiente del mismo para alguna de ellas, de conformidad con lo que, a tales efectos, establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. ”
Aquí se habla de “optativas” (los alumnos deben elegir) y de “orientar la elección del alumnado” (y “orientar” es incompatible con eliminar).
Así pues, los alumnos eligen entre varias agrupaciones de optativas. Cada centro lo organizaba de una manera, pero era muy típico que la optatividad quedara en elegir una modalidad (agrupación de optativas), y en algunas de ellas se podía elegir entre informática y francés.
2) En los centros bilingües, según la Orden de 24 de julio de 2006, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Centros Bilingües, todos los alumnos bilingües deben cursar una segunda lengua extranjera: “Además, desde el tercer ciclo de la Educación Primaria y en toda la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria se incorporará una segunda lengua extranjera (en adelante Lengua 3).”, “Los Institutos de Educación Secundaria autorizados como Centros Bilingües establecerán el horario semanal para el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria teniendo en cuenta que … . En cuanto a la carga horaria de la Lengua 3, será de tres horas en los cuatro cursos de la Educación Secundaria Obligatoria”.
En muchos centros, para no complicarse la vida, lo que han hecho es sencillamente eliminar la opción de elegir entre informática y francés. De esta manera, todos los alumnos bilingües estudian francés (como dice la ley), y ninguno informática. Lo de siempre: otros arriman el ascua a su sardina y al final acabamos pagando nosotros.
Pero ahora pensándolo fríamente: ¿es esto legal? La ley permite que la informática no se oferte en todas las modalidades. Pero en algún centro que yo conozco la restricción va más allá: los alumnos bilingües no pueden elegir ninguna optativa, ni informática ni ninguna otra. Resultado de la imposición del francés más la tendencia natural a optar por lo más sencillo y no complicarse la vida. Esto creo que no es legal. Una cosa es restringir la optatividad, que la ley lo permite, y otra llegar al extremo de suprimirla.
Bien, si la ley dice que todos los bilingües tienen que estudiar francés, que así sea. Pero no a costa de ninguno pueda estudiar informática. Esperemos que los centros bilingües no se conviertan en la puntilla final para la asignatura de informática en cuarto de ESO, al quedar esta sólo como optativa para los alumnos no bilingües.
Bueno, en resumen, quería saber si os habéis encontrado esta situación o alguna parecida, me gustaría conocer casos concretos. Yo ya os digo que conozco dos centros. Me interesa vuestra opinión al respecto, si pensáis que es legal o no. Y si pensáis que no lo es, qué acciones se pueden tomar, y ante qué instancias se puede reclamar: ante inspección, con escritos a los delegados provinciales, …
Porque si tenemos base para ello yo creo que hay que reclamar. Por supuesto se puede pedir a la directiva en los centros que se replanteen la optatividad, pero ahí nos vamos a encontrar con el no por respuesta, porque entran intereses en juego y es más cómodo dejar las cosas como están y que se fastidie el profesor de informática que ponerse a cambiar cosas y enfrentarse a la oposición de varios departamentos. Yo personalmente estoy harto del “Tienes razón, pero … no es nada contra los profesores de informática, pero …”, buenas caras pero esto es lo que hay y así se va a quedar.